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¿Y POR QUÉ A MÍ NO? SUBVENCIONES Y DEDUCCIONES FISCALES

No es la primera vez que escucho algo así, o mejor las ayudas y subvenciones son solo para organizaciones grandes, pero si a día de hoy no hay, incluso están previamente dadas.

Con la experiencia y el conocimiento a día de hoy, casi me atrevería a rebatirlo, que no a llevar la contraria a nadie, porque yo más bien creo que en la mayoría de las ocasiones influye el desconocimiento e incluso la dificultad son las principales causas de que las empresas, especialmente las pequeñas, no se aprovechen de los instrumentos de apoyo existentes.

Por eso realizaremos un taller el próximo día 11 de mayo de 2017 en la Agencia de Innovación y Desarrollo Económico del Ayuntamiento de Valladolid, para dar a conocer a pymes y emprendedores las ayudas y subvenciones a las que pueden acceder, así como instrumentos económico-financieros que utilizar para mejorar la competitividad de su empresa.

Destacar la importancia de las Deducciones Fiscales a la Innovación y Desarrollo y a la Innovación Tecnológica, su repercusión en el Impuesto de Sociedades del 2016 así como la posibilidad de monetizar la misma en el caso de pérdidas.

No es una jornada más sobre ayudas, es un taller donde exponer casos prácticos, hablar en términos que entendemos y donde entre todos podamos resolver aquellas dudas que nos planteamos.

Si queréis participar lo único que tenéis que hacer es enviar un correo a info@asbsoluciones.com y nos vemos en la Agencia de Innovación y Desarrollo Económico del Ayuntamiento el próximo jueves día 11 de mayo a las 10:00.

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Préstamos bonificados para la reindustrialización y competitividad

Apoyo Financiero del Ministerio de Industria, Energía y Turismo a la Inversión Industrial

El Ministerio acaba de publicar la convocatoria de apoyo financiero a la inversión industrial en el marco de la política de reindustrialización y fomento de la competitividad industrial, para incentivar las nuevas implantaciones industriales, el aumento de capacidad de producción, así como el apoyo para la ejecución de cualquier tipo de mejora o modificación de líneas de producción ya existentes, y digitalización industrial, “Industrial Conectada 4.0”.

Las empresas beneficiarias tienen que tener menos de 3000 personas empleadas (Pymes y MID-CAP), que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad productiva que se encuadre en las divisiones de 10 a 32 del CNAE.

Los apoyos financieros tienen la forma de préstamos reembolsables, con las siguientes características:

  • Importe: El 75% de importe financiable
  • Amortización: 10 años con 3 de carencia.
  • Tipo de Interés, en función a la clasificación económica-financiera de la empresa y la garantía aportada, desde el 1,575% hasta el 4%
  • Amortización anual.

El plazo de presentación de estas ayudas es del 30 de mayo al 17 de julio.

En aSb Soluciones, con años de experiencia en la presentación y consecución, podemos ayudarle a conseguir la financiación para su proyecto.

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Implantación y certificación ISO 50001

¿Por qué implantar un sistema de gestión de Eficiencia Energética?

Podríamos haber dedicado este post a hablar sobre los beneficios económicos y medioambientales que supone la eficiencia energética para las empresas, pero es ya algo conocido por todos.

Lo que es cierto es que son cada vez más las empresas que tienen certificado un sistema de gestión de la eficiencia energética basado en la norma UNE-EN ISO 50001:2011. Esto se debe a sus múltiples ventajas:

  • Cumplimiento legal, según el RD 56/2016, que obliga a las grandes empresas a realizar una auditoría energética anual, e implantación de medidas, o la certificación del sistema de gestión.
  • La implicación del personal en la mejora de la gestión económica y medioambiental.
  • Imagen de marca y reconocimiento social, de compromiso con el medio ambiente.
  • Ahorro de costes energéticos y reducción de emisiones de CO2.

Al igual que otros sistemas de gestión terminará siendo de “obligado cumplimiento” por sus beneficios a nivel de contratación pública y con proveedores, obtención de subvenciones y reducción de costes, provocando así una mejora de la competitividad, para cualquier tipo de organización, independientemente de su tamaño, sector o actividad.

Las diferentes Administraciones Públicas, conscientes de su importancia y necesidad, subvencionan en la actualidad la implantación y certificación de la ISO 50.001, con una ayuda de hasta el 40% en Extremadura y del 30% en Castilla y León.

Como dijo Charles Darwin “no es la especie más fuerte la que sobrevive, sino la que responde mejor al cambio”. Trasladándolo al ámbito empresarial, la comparación resulta clara: o actúas en consecuencia o estarás fuera del mercado.

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Ahorro Energético

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EL SECTOR EMPRESARIAL DE CASTILLA Y LEÓN

Subvenciones destinadas a la mejora en la eficiencia energética tanto en las instalaciones de las industrias ubicadas en Castilla y León como de los edificios que pertenezcan a:

  1. Grandes empresas.
  2. Pequeñas y medianas empresas (PYME)
  3. Autónomos, agricultores y ganaderos a título principal, que no tengan la
    condición de sociedades de cualquier tipo o cooperativas.

Las actuaciones no podrán haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de subvención. El plazo para ejecutar las actuaciones finalizará el 2 de octubre de 2017.

Dos programas:

  • Programa 1.- Mejora de la Eficiencia Energética en el sector industrial.

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La cuantía máxima de subvención no superará los 200.000 €, excepto en la Implantación de Sistemas de Gestión Energética basados en la norma UNE‐EN‐ISO‐50001, certificados por entidad acreditada, que no podrá exceder de 10.000 €.

  • Programa 2.- Mejora de la Eficiencia Energética en edificios.

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Plazo de presentación: del 16 de enero al 28 de febrero de 2017

subvencion, ayuda, expansion internacional

Ayudas a la financiación de proyectos de expansión internacional de PYMES de CyL

Subvenciones para financiar proyectos de expansión internacional de las Pymes de la Comunidad de Castilla y León tanto de manera individual como en cooperación, con el fin de mejorar su competitividad.
Beneficiarios.
PYMES y autónomos con domicilio social o centro productivo en Castilla y León.

Serán subvencionables todos los sectores, a excepción de los sectores de actividad encuadrados en la división o sección del CNAE 2009 siguientes:

  • Sección K: Actividades financieras y de seguros, excepto la clase 64.19 (otra intermediación monetaria)
  • Sección O: Administración Pública y Defensa; seguridad social obligatoria.
  • Sección S: Otros servicios-División 94
  • Sección T: Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico; actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio.
  • Sección U: Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales.

Proyectos subvencionable

  1. Acciones de promoción internacional.
    • Misiones comerciales.
    • Participación en ferias y exposiciones internacionales.
    • Acciones promocionales en el exterior.
    • Marketing Internacional.
    • Registro de marcas y productos en los países fuera de la Unión Europea.
  2. Participación en licitaciones públicas internacionales.
  3. Implantaciones exteriores.

Gastos subvencionables

  1. Misiones comerciales directas o inversas. Costes subvencionables:
    • Honorarios del intérprete
    • La asistencia externa para la realización de agendas
    • Costes de viaje
  2. Costes de viaje
    • El alquiler del suelo.
    • La decoración del stand.
    • Suministros necesarios (luz, agua, etc.).
    • Costes de viaje
    • Transporte de muestras específicamente destinadas a la feria
    • Participación en actividades paralelas a la feria
    • Los honorarios de un intérprete
  3. Acciones promocionales. Costes subvencionables:
    • Presentación de productos.
    • Presentaciones en Punto de Venta de la empresa en un mercado exterior.
  4. Marketing Internacional. Costes subvencionables:
    • Material de promoción realizado al menos en un idioma extranjero.
    • Gastos de publicidad en medios extranjeros.
    • Gastos de publicidad on-line en un idioma extranjero.
    • Gastos de jornadas técnicas.
  5. Registro de marcas y productos.
  6. Participación en licitaciones internacionales.
  7. Implantaciones en el exterior.

Cuantía de la subvención.

Porcentaje fijo del 40% sobre los costes subvencionables, con el límite mínimo de 2.000 euros y máximo de 50.000 euros.

Plazos

Presentación: comienza el 30 de junio y finaliza el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Resolución: máximo 6 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.
Justificación: máximo 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada
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TIC ayudas CyL

Ayudas a proyectos de desarrollo de TIC en PYMES de CyL

Subvenciones para la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en las PYMES de Castilla y León.
Beneficiarios.
  • PYMES que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León.
  • Que pertenezca a alguno de los siguientes CNAEs: 2611, 2612, 2620, 2630, 2640, 2680, 4651, 4652, 5821, 5829, 6110, 6120, 6130, 6190, 6201, 6202, 6203, 6209, 6311, 6312, 9511, 9512 (consulta su CNAE aqui)

Proyectos subvencionables

  1. Proyectos de desarrollo experimental con presupuesto subvencionable 40.000-175.000 €.
  2. Proyectos de desarrollo de TIC para:
    • Industria 4.0 o de Internet del Futuro
    • Soluciones para la vida independiente

Requisitos:

  1. Proyectos que se vayan a realizar en un centro de trabajo de Castilla y León.
  2. Proyecto completo, es decir, que aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.
  3. Proyectos de duración máxima de 1 año.

No serán subvencionables aquellos proyectos cuyo inicio se haya producido con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

Gastos subvencionables

  1. Gastos de personal
  2. Costes de Colaboraciones Externas
  3. Costes de materias primas, suministros y productos similares

Son costes subvencionables los realizados desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta la finalización del plazo de vigencia y que han sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.

Cuantía de la subvención.

Coste total subvencionable del proyecto superior a 40.000 € e inferior a 175.000 €.

Porcentaje máximo subvencionable del coste del proyecto:

  • Micro y pequeña empresa: 45%
  • Mediana empresa: 35%.

Con carácter general, un 25% para todos los proyectos subvencionables.

Plazos

Presentación: 15 de julio de 2016 y finaliza el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Resolución: máximo 6 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.
Justificación: máximo 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada
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ayudas pymes CyL transferencia conocimientos

Ayudas a proyectos de transferencia de conocimientos a PYMES de CyL

Subvenciones para facilitar la transferencia de conocimiento de organismos de investigación a pymes de Castilla y León.
Beneficiarios.

PYMES que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León.

Serán subvencionables todos los sectores  que puedan ser incluidos en las prioridades temáticas y los ámbitos definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Castilla y León.

Proyectos subvencionables

Los servicios de transferencia de conocimiento que la empresa contrate a los siguientes Organismos de investigación, que actúen a modo de proveedores cualificados:

  1. Universidades públicas y privadas con capacidad y experiencia demostrada en I+D+i.
  2. Centros Tecnológicos de Castilla y León.
  3. Otros Centros sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad del centro.

Los servicios de transferencia de conocimiento subvencionables contratados a un proveedor cualificado, son:

  1. La adquisición de derechos reales (cesión y licencia) sobre patentes y modelos de utilidad. Máximo 10.000 € por servicio.
  2. Proyectos piloto de carácter tecnológico o acciones innovadoras de efecto demostración, que permitan a la empresa el diseño y/o mejora de sus productos y/o procesos, mediante la incorporación de nuevos conocimientos o tecnologías. Máximo 10.000 € por servicio.
  3. Proyectos destinados a la obtención de prototipos que supongan la valorización o transferencia de los resultados de investigación generada por equipos de investigación de los proveedores cualificados. Máximo 20.000 € por servicio.

Gastos subvencionables

  1. Contratación de los servicios de transferencia de conocimiento.
  2. Patentes y licencias adquiridas de fuentes externas a precios de mercado.
  3. Cuando el importe de la contratación sea igual o superior a 18.000€, la entidad beneficiaria deberá solicitar 3 presupuestos de diferentes proveedores de servicios sin vinculación entre ellos.

Los gastos subvencionables se deben realizar desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta la finalización del plazo de vigencia y deben haberse pagado antes de la finalización del plazo de justificación.

Cuantía de la subvención.

Porcentaje fijo general del 40% sobre el coste subvencionable. Máximo 2 servicios por empresa y año.

Plazos

Presentación: 15 de julio de 2016 y finaliza el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Resolución: máximo 6 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.
Justificación: máximo 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada
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Ayudas a la realización de proyectos de I+D+i de las PYMES de Castilla y León

Subvenciones para la financiación de proyectos de I+D+i realizados en centros de trabajo de Castilla y León.
Beneficiarios.
  • Las PYMES que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León.
  • Se excluyen las empresas pertenientes a alguno de los siguientes CNAEs: 2611, 2612, 2620, 2630, 2640, 2680, 4651, 4652, 5821, 5829, 6110, 6120, 6130, 6190, 6201, 6202, 6203, 6209, 6311, 6312, 9511, 9512 (compruebe CNAE aqui)

Gastos subvencionables

Sólo se incluyen los siguientes gastos realizados desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta la finalización del plazo de vigencia y que han sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación:

  1. Gastos de personal
  2. Costes de Colaboraciones Externas
  3. Costes de materias primas, suministros y productos similares

Cuantía de la subvención.

Presupuesto subvencionable:

  1. Proyectos de I+D individuales: superior a 20.000 € e inferior a 175.000 €.
  2. Proyectos de I+D en colaboración: Presupuesto máximo total del proyecto de 500.000 €, siendo el presupuesto por empresa superior a 20.000 € e inferior a 175.000 €.

Porcentaje de subvención:

Con carácter general, un 25% para todos los proyectos subvencionables de desarrollo experimental y un 40 % para los de investigación industrial.

Plazos

Presentación: 15 de julio de 2016 y finaliza el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Resolución: máximo 6 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.

Justificación: máximo 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.

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Fomento de la innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES de CyL

Subvenciones para la financiación de los proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES de Castilla y León.
Beneficiarios.

PYMES que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León. Además, deben cumplir:

  • Antes de comenzar a trabajar en el proyecto, se debe presentar la solicitud de subvención.
  • La implantación de los servicios avanzados se desarrollará en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
  • Los desarrollos e investigaciones que den o hayan dado lugar a los derechos de propiedad industrial que se pretende proteger se realizarán en un centro de trabajo de Castilla y León.
  • Los trabajos de consultoría deberán realizarse por consultores con experiencia que no estén vinculados a través de acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante.
  • Para el asesoramiento en materia de innovación y servicios de apoyo a la innovación y la implantación de soluciones de computación en la nube tipo SaaS, el plazo máximo de ejecución es de 1 año.
  • Que el coste subvencionable del servicio técnico será como mínimo de 3.000 euros.
  • Todos los conceptos de gastos deberán haber sido ejecutados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y pagados antes de la finalización del plazo de ejecución.

Gastos subvencionables

  1. Los que resulten estrictamente necesarios y se realicen con posterioridad a la presentación de la solicitud y dentro del plazo de vigencia establecido en la resolución y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.
  2. Cuando el importe de la contratación sea igual o superior a 18.000€, la entidad beneficiaria deberá solicitar 3 presupuestos de diferentes proveedores de servicios sin vinculación entre ellos.

Cuantía de la subvención.

El coste subvencionable del proyecto para resultar elegible debe ser igual o superior a 3.000 euros.

Porcentaje fijo máximo del 50% del coste subvencionable, atendiendo a la localización del centro de trabajo donde se vaya a desarrollar el proyecto.

Máximo de 6.000 euros de subvención por servicio, salvo para auditoria de innovación para realización de un plan personalizado para la industria 4.0 cuyo límite máximo de subvención sería de 10.000 euros.

Podrán solicitarse hasta dos servicios técnicos señalados, siempre y cuando sean de tipologías distintas.

Plazos

Presentación: 15 de julio de 2016 y finaliza el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Resolución: máximo 6 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.

Justificación: máximo 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.

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Ayudas para incorporación de TICs en las PYMES de CyL

Subvenciones en concurrencia no competitiva destinadas a financiar proyectos empresariales dirigidos a favorecer la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en las PYMES de Castilla y León.

Beneficiarios.

Autónomos y PYMES con lo siguientes requisitos:

  • Que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León
  • Deben pertenecer al sector de las TIC excluyendo los perteneciente a alguno de los siguientes CNAEs: 2611, 2612, 2620, 2630, 2640, 2680, 5821, 5829, 6110, 6120, 6130, 6190, 6201, 6202, 6203, 6209, 6311, 6312
  • Antes de comenzar a trabajar en el proyecto, debe presentar la solicitud de subvención
  • La implantación de los servicios avanzados se desarrollará en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
  • Para los proyectos “Industria 4.0” será necesario presentar un Plan personalizado de implantación.
  • La duración máxima de los proyectos será de 12 meses.
  • Todos los conceptos de gastos deberán haber sido ejecutados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y pagados antes de la finalización del plazo de justificación.

Cuantía de la subvención.

Subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje fijo máximo del 50%.

Límite máximo de 25.000 € por empresa para el total de las soluciones aprobadas con cargo a esta convocatoria.

 

Plazos

Presentación: 15 de julio de 2016 y finaliza el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Resolución: máximo 6 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.

Justificación: máximo 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.

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