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Fomento de la innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES de CyL

Subvenciones para la financiación de los proyectos empresariales dirigidos a fomentar la innovación en el ámbito tecnológico de las PYMES de Castilla y León.
Beneficiarios.

PYMES que tengan su sede social o al menos un centro de trabajo en Castilla y León. Además, deben cumplir:

  • Antes de comenzar a trabajar en el proyecto, se debe presentar la solicitud de subvención.
  • La implantación de los servicios avanzados se desarrollará en centros de trabajo ubicados en Castilla y León.
  • Los desarrollos e investigaciones que den o hayan dado lugar a los derechos de propiedad industrial que se pretende proteger se realizarán en un centro de trabajo de Castilla y León.
  • Los trabajos de consultoría deberán realizarse por consultores con experiencia que no estén vinculados a través de acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante.
  • Para el asesoramiento en materia de innovación y servicios de apoyo a la innovación y la implantación de soluciones de computación en la nube tipo SaaS, el plazo máximo de ejecución es de 1 año.
  • Que el coste subvencionable del servicio técnico será como mínimo de 3.000 euros.
  • Todos los conceptos de gastos deberán haber sido ejecutados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y pagados antes de la finalización del plazo de ejecución.

Gastos subvencionables

  1. Los que resulten estrictamente necesarios y se realicen con posterioridad a la presentación de la solicitud y dentro del plazo de vigencia establecido en la resolución y hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.
  2. Cuando el importe de la contratación sea igual o superior a 18.000€, la entidad beneficiaria deberá solicitar 3 presupuestos de diferentes proveedores de servicios sin vinculación entre ellos.

Cuantía de la subvención.

El coste subvencionable del proyecto para resultar elegible debe ser igual o superior a 3.000 euros.

Porcentaje fijo máximo del 50% del coste subvencionable, atendiendo a la localización del centro de trabajo donde se vaya a desarrollar el proyecto.

Máximo de 6.000 euros de subvención por servicio, salvo para auditoria de innovación para realización de un plan personalizado para la industria 4.0 cuyo límite máximo de subvención sería de 10.000 euros.

Podrán solicitarse hasta dos servicios técnicos señalados, siempre y cuando sean de tipologías distintas.

Plazos

Presentación: 15 de julio de 2016 y finaliza el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Resolución: máximo 6 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.

Justificación: máximo 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada.

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ayudas NEOTEC

Ayudas NEOTEC para proyectos empresariales con base tecnológica

Ayudas para financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Beneficiarios.

Pequeñas empresas innovadoras, que cumplan con uno de estos requisitos:

  1. Que pueda demostrar, mediante una evaluación realizada por un experto externo, que desarrollará, en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector.
  2. Que tenga unos costes de investigación y desarrollo que representen un mínimo del 10% del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda. Si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, esta condición debe cumplirse en el ejercicio fical en curso.

Cuantía de la subvención.

Hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000€ por beneficiario.
La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000€.

Plazos

Presentación: 4 de julio de 2016 al 12 de septiembre de 2016.

Ejecución: a partir del día 1 de enero de 2017 y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2017, o bien el 31 de diciembre de 2018.

Justificación: 3 meses siguientes a la finanalización de cada una de las anualidades