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ayudas pymes CyL transferencia conocimientos

Ayudas a proyectos de transferencia de conocimientos a PYMES de CyL

Subvenciones para facilitar la transferencia de conocimiento de organismos de investigación a pymes de Castilla y León.
Beneficiarios.

PYMES que tengan al menos un centro de trabajo productivo en Castilla y León.

Serán subvencionables todos los sectores  que puedan ser incluidos en las prioridades temáticas y los ámbitos definidos en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente de Castilla y León.

Proyectos subvencionables

Los servicios de transferencia de conocimiento que la empresa contrate a los siguientes Organismos de investigación, que actúen a modo de proveedores cualificados:

  1. Universidades públicas y privadas con capacidad y experiencia demostrada en I+D+i.
  2. Centros Tecnológicos de Castilla y León.
  3. Otros Centros sin ánimo de lucro que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad del centro.

Los servicios de transferencia de conocimiento subvencionables contratados a un proveedor cualificado, son:

  1. La adquisición de derechos reales (cesión y licencia) sobre patentes y modelos de utilidad. Máximo 10.000 € por servicio.
  2. Proyectos piloto de carácter tecnológico o acciones innovadoras de efecto demostración, que permitan a la empresa el diseño y/o mejora de sus productos y/o procesos, mediante la incorporación de nuevos conocimientos o tecnologías. Máximo 10.000 € por servicio.
  3. Proyectos destinados a la obtención de prototipos que supongan la valorización o transferencia de los resultados de investigación generada por equipos de investigación de los proveedores cualificados. Máximo 20.000 € por servicio.

Gastos subvencionables

  1. Contratación de los servicios de transferencia de conocimiento.
  2. Patentes y licencias adquiridas de fuentes externas a precios de mercado.
  3. Cuando el importe de la contratación sea igual o superior a 18.000€, la entidad beneficiaria deberá solicitar 3 presupuestos de diferentes proveedores de servicios sin vinculación entre ellos.

Los gastos subvencionables se deben realizar desde la presentación de la solicitud de ayuda hasta la finalización del plazo de vigencia y deben haberse pagado antes de la finalización del plazo de justificación.

Cuantía de la subvención.

Porcentaje fijo general del 40% sobre el coste subvencionable. Máximo 2 servicios por empresa y año.

Plazos

Presentación: 15 de julio de 2016 y finaliza el día de la publicación de la convocatoria que la sustituya o la publicación del cierre de la misma.

Resolución: máximo 6 meses contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro de entrada del órgano competente para su tramitación.
Justificación: máximo 3 meses desde la finalización del plazo para la realización de la actividad subvencionada
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